{"id":361,"date":"2026-10-03T12:59:58","date_gmt":"2026-10-03T10:59:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.abogadofamilia.es\/blog\/?p=361"},"modified":"2026-10-03T13:01:31","modified_gmt":"2026-10-03T11:01:31","slug":"cortar-la-luz-para-expulsar-al-conyuge-de-la-vivienda-familiar-cuando-un-conflicto-de-familia-puede-acabar-en-una-condena-penal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.abogadofamilia.es\/blog\/cortar-la-luz-para-expulsar-al-conyuge-de-la-vivienda-familiar-cuando-un-conflicto-de-familia-puede-acabar-en-una-condena-penal","title":{"rendered":"Cortar la luz para expulsar al c\u00f3nyuge de la vivienda familiar: cuando un conflicto de familia puede acabar en una condena penal"},"content":{"rendered":"<h2><strong>Una sentencia que trasciende el simple impago de suministros<\/strong><\/h2>\n<p>Los abogados de familia estamos acostumbrados a ver c\u00f3mo, durante una separaci\u00f3n o un divorcio conflictivo, algunos c\u00f3nyuges intentan ganar posiciones de fuerza mediante decisiones unilaterales relacionadas con la vivienda familiar.<\/p>\n<p>Una de las m\u00e1s frecuentes consiste en cancelar contratos de suministro o provocar el corte de servicios esenciales con la esperanza de que la otra parte abandone el domicilio.\u00a0Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo,\u00a0 recuerda que determinadas actuaciones que muchos consideran una simple cuesti\u00f3n patrimonial pueden tener consecuencias penales muy relevantes.<!--more--><\/p>\n<h3><strong>Los hechos: utilizar el suministro el\u00e9ctrico como instrumento de presi\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<p>El supuesto analizado era relativamente sencillo. En pleno contexto de crisis matrimonial, uno de los c\u00f3nyuges procedi\u00f3 a cancelar el suministro el\u00e9ctrico de la vivienda familiar ocupada leg\u00edtimamente por la otra parte, con la finalidad de forzar su salida del domicilio.<\/p>\n<p>La actuaci\u00f3n no persegu\u00eda resolver un problema t\u00e9cnico ni un desacuerdo contractual con la compa\u00f1\u00eda el\u00e9ctrica. El objetivo era otro: situarse en una posici\u00f3n de ventaja dentro del conflicto familiar y presionar a la ocupante de la vivienda para que abandonara el inmueble.<\/p>\n<p>Y precisamente esa finalidad result\u00f3 determinante para la decisi\u00f3n judicial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>La respuesta del Tribunal Supremo: no estamos ante un problema civil, sino ante una coacci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>La doctrina mayoritaria del Tribunal Supremo entiende que el corte deliberado de la electricidad constituye un aut\u00e9ntico acto de fuerza o \u00abvis in rebus\u00bb cuando se utiliza para obligar a otra persona a actuar contra su voluntad. Por ello concluye que la conducta encaja en el delito de coacciones.<\/p>\n<p>La raz\u00f3n es sencilla. Privar de electricidad a quien ocupa leg\u00edtimamente una vivienda supone alterar de forma antijur\u00eddica sus condiciones de vida para obligarle a abandonar el inmueble.<\/p>\n<p>La sentencia considera que no se trata de una mera incidencia contractual entre el titular del suministro y la compa\u00f1\u00eda el\u00e9ctrica, sino de una medida de presi\u00f3n dirigida contra la persona que reside en la vivienda. Como consecuencia, la conducta fue sancionada con una pena de prisi\u00f3n de nueve meses.<\/p>\n<h3><strong>Lo que la sentencia aclara: no todos los cortes de suministro son iguales<\/strong><\/h3>\n<p>Uno de los aspectos m\u00e1s interesantes es que debemos evitar interpretaciones autom\u00e1ticas. El Tribunal Supremo no afirma que cualquier interrupci\u00f3n de un suministro energ\u00e9tico constituya siempre un delito.<\/p>\n<p>Debemos distinguir claramente entre diversas situaciones:<\/p>\n<ol>\n<li>El corte intencionado para expulsar al c\u00f3nyuge de la vivienda.<\/li>\n<li>El simple impago de recibos.<\/li>\n<li>Los conflictos derivados de la titularidad contractual.<\/li>\n<li>Los supuestos de ocupaci\u00f3n sin t\u00edtulo posesorio.<\/li>\n<li>Las controversias civiles sobre el uso y disfrute del inmueble.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Por ello, cada caso debe analizarse individualmente atendiendo a sus circunstancias concretas.<\/p>\n<h3><strong>El voto particular: una visi\u00f3n m\u00e1s restrictiva del Derecho Penal<\/strong><\/h3>\n<p>La sentencia no fue un\u00e1nime. Cuatro magistrados formularon voto particular al entender que la respuesta deb\u00eda ser diferente. Su planteamiento parte de una idea jur\u00eddicamente relevante: el concepto de violencia no deber\u00eda ampliarse m\u00e1s all\u00e1 de la fuerza f\u00edsica ejercida directamente sobre personas o cosas.<\/p>\n<p>Desde esa perspectiva, la cancelaci\u00f3n del suministro habr\u00eda generado una perturbaci\u00f3n de la posesi\u00f3n de la vivienda, pero no justificar\u00eda una respuesta penal tan intensa, seg\u00fan los autores del voto particular en la sentencia analizada.<\/p>\n<p>Para estos magistrados, el conflicto encontrar\u00eda mejor soluci\u00f3n a trav\u00e9s de las acciones civiles posesorias, respetando de modo m\u00e1s estricto los principios de tipicidad y taxatividad propios del Derecho Penal.<\/p>\n<h2><strong>La ense\u00f1anza pr\u00e1ctica para las familias<\/strong><\/h2>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 del debate t\u00e9cnico entre la mayor\u00eda y el voto particular, la resoluci\u00f3n deja una ense\u00f1anza muy clara. Cuando una crisis matrimonial ya est\u00e1 judicializada, las discrepancias sobre la vivienda familiar, los gastos o los suministros no deben resolverse mediante decisiones unilaterales de fuerza.<\/p>\n<p>La tentaci\u00f3n de \u00abhacer presi\u00f3n\u00bb sobre el otro c\u00f3nyuge suele generar un efecto contrario al pretendido:<\/p>\n<ul>\n<li>Agrava el conflicto.<\/li>\n<li>Perjudica futuras negociaciones.<\/li>\n<li>Deteriora la posici\u00f3n procesal de quien act\u00faa.<\/li>\n<li>Puede originar procedimientos penales paralelos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong>Lo que muchas personas desconocen<\/strong><\/h3>\n<p>Con frecuencia, quien ordena el corte del suministro cree estar actuando dentro de sus derechos porque figura como titular del contrato. Sin embargo, la sentencia analizada recuerda impl\u00edcitamente una realidad habitual en Derecho de Familia:<\/p>\n<p><strong>La titularidad formal de un contrato no permite utilizarlo como instrumento para limitar los derechos de quien ocupa leg\u00edtimamente la vivienda familiar.<\/strong><\/p>\n<p>Especialmente cuando existe una finalidad evidente de presi\u00f3n o expulsi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>La sentencia comentada constituye una advertencia para quienes pretenden trasladar al terreno de los hechos consumados lo que debe resolverse en los tribunales. La opini\u00f3n mayoritaria del Tribunal Supremo considera que cortar deliberadamente la electricidad para obligar al c\u00f3nyuge a abandonar la vivienda familiar puede constituir un delito de coacciones y no una simple controversia civil.<\/p>\n<p>Desde la perspectiva de un abogado de familia con m\u00e1s de treinta a\u00f1os de experiencia, la principal conclusi\u00f3n es igualmente clara: en los procesos de separaci\u00f3n y divorcio, las estrategias de presi\u00f3n suelen ser jur\u00eddicamente peligrosas y, en ocasiones, extraordinariamente costosas.<\/p>\n<p>La vivienda familiar no debe convertirse en un campo de batalla. Cuando existe un desacuerdo sobre su uso, sobre los suministros o sobre los gastos, la soluci\u00f3n adecuada es acudir al procedimiento judicial correspondiente, no intentar imponer unilateralmente una posici\u00f3n de fuerza.<\/p>\n<p>Porque en Derecho de Familia, como demuestra esta resoluci\u00f3n, la diferencia entre un conflicto civil y una condena penal puede encontrarse en una sola decisi\u00f3n aparentemente menor: apagar la luz para que el otro se marche.<\/p>\n<h2>Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2026<\/h2>\n<h2>Ricardo Ca\u00f1izares Abogado de Familia<\/h2>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una sentencia que trasciende el simple impago de suministros Los abogados de familia estamos acostumbrados a ver c\u00f3mo, durante una separaci\u00f3n o un divorcio conflictivo, algunos c\u00f3nyuges intentan ganar posiciones de fuerza mediante decisiones unilaterales relacionadas con la vivienda familiar. 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