ABOGADO de FAMILIA

Ricardo Cañizares

Calle de Toledo, 8 Madrid
Tel.: 913 65 93 04

Desde 1991, trabajamos
por el éxito de cada uno
de nuestros clientes

Novedades Legislativas: Derecho de Familia

Promesa de Donación

Negocio Jurídico Complejo; Validez de la Donación Hecha a favor de un Hijo de la Vivienda Familiar en Convenio Aprobado Judicialmente

1. OBJETO DEL RECURSO.- Se plantea la validez de una promesa de donación de un inmueble (la vivienda familiar) hecha en un convenio regulador de separación aprobado judicialmente por un padre a su hijo.
En el procedimiento se solicita la condena al otorgamiento de la correspondiente escritura de donación.
La parte recurrente se opone en base a la doctrina que pone en cuestión la validez de la promesa de donación.
2. DE LA PROMESA DE DONACION OTORGADA EN CONVENIO REGULADOR DE SEPARACION APROBADO JUDICIALMENTE.- La Sala desestima el recurso y confirma la validez de la donación, en base a las siguientes especiales circunstancias concurrentes en el caso:
a. -ANTECEDENTES DOCTRINALES.-
i. -Se ha pronunciado negativamente esta Sala en casos de:
ii. "falta de aceptación por los donatarios".
iii. de falta de forma "requisito de escritura pública" (TS 24-2-2008).
iv. -o en el caso de una donación que no es de presente, sino sujeta a plazo (25 años), y no concurría la aceptación de los hijos.
b. -EN EL CASO DE AUTOS.-
i. -El inmueble está totalmente individualizado.
ii. -El hijo está debidamente representado por sus padres.
iii. -El pacto obra en convenio regulador aprobado judicialmente en sentencia firme.
iv. -Se trata de una promesa bilateral y no unilateral, de reciprocidad entre las partes.
v. -El contenido no es una mera liberalidad, sino que se inserta en un negocio jurídico de mayor contenido obligacional recíproco (un negocio jurídico complejo, de carácter familiar y oneroso). No de una simple donación a favor del hijo.
vi. -Cumple con el requisito de forma, o sea mediante su inclusión en el citado convenio, que tiene valor de documento público, sin necesidad del otorgamiento ulterior escritura pública para su formalización al tratarse de una medida que afecta a la vivienda familiar tomada en el marco propio de la solución de la crisis familiar objeto del convenio, con acceso al Registro de la Propiedad para su inscripción.
Conviene tener en cuenta que se trata de un supuesto especial, ya que la Sentencia pivota sobre el hecho de que el inmueble comprometido en el negocio es la vivienda familiar, y por ello el convenio tiene eficacia registral directa cual si de escritura pública se tratase.

Tribunal Supremo, Sala Civil, Sentencia 18-7-2014, Ponente José Antonio Seijas Quintana

COMPARTIR

Compartir esta página con Facebook

⇐ Volver a la lista de Novedades Legislativas

LinkedIn English Version

Diseñador Web Madrid: www.PedroImagina.com »