Novedades Legislativas: Derecho de Familia
Filiación
Impugnación de la Filiación Paterna
IMPUGNACION FILIACION PATERNA: FALTA DE PRESUNCION DE PATERNIDAD O DE RECONOCIMIENTO; APLICACIÓN DEL ART 140 CC.
ANTECEDENTES:
El padre, ya separado de hecho de la madre desde hace muchos años tiene conocimiento de que tiene una hija matrimonial atribuida por presunción.
Ejercita la acción de impugnación de su filiación, pero al haberlo hecho transcurrido el plazo el plazo de un año desde que conoce el hecho, la Audiencia rechaza la impugnación; en aplicación del art. 136 del Código Civil, al considerar que la acción estaba caducada por transcurso del plazo desde que toma conocimiento.
La Sala estima el recurso, ya que al no existir presunción de paternidad es de aplicación el art. 140 del Código Civil y no el 136 del mismo texto legal
DOCTRINA JURISPRUDENCIAL.-
"en los supuestos de impugnación de la filiación por el marido en donde no resulte aplicable la presunción legal de paternidad, por estar los cónyuges separados legalmente o de hecho, ni exista atribución de la filiación al marido por declaración conjunta de ambos cónyuges o reconocimiento de éste al respecto, el régimen de ejercicio de la acción se ajustará a lo dispuesto en el artículo 140 del Código Civil”.
Tribunal Supremo, Sala Civil, Sentencia 12-5-2015, Ponente FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
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