Novedades Legislativas: Derecho de Familia
Filiación no Matrimonial
Orden de los Apellidos
Reclama el padre la filiación cuando el hijo ya estaba escolarizado.
Y también (109 CC) solicita que se anteponga su apellido al materno.
Para resolver, el Tribunal Supremo aplica la Ley del Registro Civil 20/2011 de 21 julio dictada con el fin de avanzar en la igualdad de género y que prescinde de la histórica prevalencia del apellido paterno frente al materno permitiendo que ambos progenitores sean los que decidan el orden de los apellidos".
El Tribunal Supremo mantiene el apellido materno en primer lugar.
PAUTAS.-
Durante el periodo transcurrido entre el nacimiento y el momento en que se puso fin al proceso por sentencia firme, el menor ha venido utilizando el primer apellido materno, siendo patente la relevancia individualizadora del primero de los apellidos de una persona.
El menor en el momento de iniciarse el proceso estaba escolarizado y había venido utilizando el primer apellido de su madre desde el nacimiento, sin que hubiera tenido una relación personal estable con su padre
El menor es conocido con este primer apellido en los diferentes ámbitos familiar, social o escolar.
Tribunal Supremo, Sala Civil, Sentencia 1-02-2016, Ponente Eduardo Baena Ruiz
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