ABOGADO de FAMILIA

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Novedades Legislativas: Derecho de Familia

Separación de Hecho

Presupuestos para que se disuelva la Sociedad de Gananciales

DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE DISOLUCIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO.- Contiene la Sentencia una recopilación de jurisprudencia sobre la materia, y como resumen, para determinar la pérdida de la naturaleza y fundamento de la sociedad de gananciales, merecen destacar, a efectos de la posibilidad de retrotraer los efectos de la disolución decretada por divorcio, los siguientes criterios a valorar.-

- Una separación de hecho libremente consentida.

- Que los actos subsiguientes al cese de la convivencia así lo confirmen.

- No vale una mera interrupción de la convivencia.

- El abandono de la convivencia impide integrar en la sociedad nuevas adquisiciones.

- La separación de hecho no impide a los esposos solicitar la extinción de la sociedad de gananciales (1.393-3º Cc.) y medidas de carácter económico previas a la solicitud de separación o divorcio.

PRESUPUESTOS BÁSICOS QUE LO RESUMEN:

- El cese efectivo de la convivencia por el transcurso de un cierto periodo de tiempo.

- La inequívoca voluntad de poner fin, con la separación de hecho, al régimen económico matrimonial.

VALORACIÓN DE LOS HECHOS EN EL CASO:

En este caso, no se acreditan los presupuestos:

Aunque el esposo se traslada a Portugal es por negocios.

Y la separación de hecho no se alegó en el divorcio, en el que era un hecho determinante porque:

La pensión se determina en base a los hechos concurrentes en el momento de la crisis.

La pensión tiene como elemento esencial para determinar su cuantía la duración del matrimonio.

Y además el esposo siguió pagando los gastos ordinarios por suministros de la casa.

ABOGADO FAMILIA: Audiencia Provincial de León Sentencia 28-01-2016

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