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ABOGADO de FAMILIA

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Novedades Legislativas

Patria Potestad

Padre preso; suspensión ejercicio patria potestad y comunicaciones; libertad condicional a tales efectos; posibilidad de modificar las medidas

ANTECEDENTES:

El padre está encarcelado, y con condena no firme por delito continuado de amenazas en el ámbito familiar contra la pareja.

El juzgado concede a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad, hasta que el padre haya cumplido condena y en plena libertad. Y suspende el régimen de visitas hasta que cumpla condena y salga del centro.

La Audiencia Provincial revoca parcialmente y acuerda un régimen de visitas de una vez al mes según normas del centro penitenciario.

El Ministerio Fiscal solicitó la estimación del recurso de la madre y la desestimación del recurso del padre.

COMUNICACIONES PATERNAS MIENTRAS ESTE INTERNADO EL PADRE:

El Tribunal Supremo confirma la Sentencia recurrida que se limita a mantener un reducido contacto del padre con los hijos en el centro penitenciario, acompañados de tercera persona, sin perjuicio de que cuando salga en libertad se adopten las medidas, ajustadas a derecho, que interesen las partes.

EJERCICIO EXCLUSIVO Y SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD:

La Sala confirma la procedencia de la suspensión del ejercicio de la patria potestad (156 Cc. y art. 65 LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género).

Ni aumenta el sistema de visitas ni el de comunicaciones acordado.

POSIBILIDAD DE INSTAR CAMBIO DE COMUNICACIONES DESDE LA LIBERTAD CONDICIONAL: Estima.

Dice el Tribunal Supremo que es desproporcionado supeditar la posibilidad de alterar el sistema de comunicaciones, a la plena libertad del recurrente, pues habrá de permitirse que pueda instarlo desde que consiga el tercer grado y/o la libertad condicional. En caso contrario, no podría ver a los menores en el centro penitenciario (en el que ya no estaría), ni mediante otro sistema de visita.

ABOGADO FAMILIA: Tribunal Supremo, Sentencia 13-05-2016


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