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ABOGADO de FAMILIA

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Novedades Legislativas

Alimentos Hijo Mayor de Edad

Requisitos. Reclamación por la madre que tiene en su mano facilitarle trabajo

ANTECEDENTES: La madre solicita por vía reconvencional alimentos para el hijo de 27 años mayor de edad.

El Juzgado los desestima.

Al Audiencia los concede.

DOCTRINA APLICADA: El tribunal Supremo hace mención a la diferencia entre los alimentos a favor de los hijos menores (naturaleza de deber inexcusable con independencia de su falta de atención) y mayores.

Con relación a los alimentos para hijos mayores recuerda su doctrina basada en la solidaridad familiar:

- Que el hijo tenga suficiencia económica.

- No importa la edad.

- Que el hijo no se haya generado a sí mismo esta situación con su falta de atención.

- Con independencia de la titulación de que se disponga.

- Es esencial la actitud personal del hijo por encontrar un empleo.

- No se pueden favorecer actitudes de pasividad.

- Hay que tener en cuenta la previsibilidad de acceso al mercado laboral.

EN EL CASO: Se estima el recurso de casación; porque consta que ha podido tener empleo en la inmobiliaria de su madre, pero que por tener empleada a otra persona (refiere ser nuera) no era posible que pagase otro sueldo.... no se puede olvidar que quien postula alimentos para el hijo es la madre, al amparo del artículo 93 CC, y carece de sentido y no es razonable que aduzca la dificultad del mismo para acceder a un empleo cuando precisamente ella tenía en su mano facilitárselo. Siendo ello así no puede accederse al derecho de alimentos solicitado por la madre para el hijo.

ABOGADO FAMILIA: Tribunal Supremo, Sentencia 21/9/2016


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