Novedades Legislativas
Custodia Compartida
Domicilios equidistantes. Desplazamientos moderados del Menor. Casa Nido
ANTECEDENTES.-
El Juzgado concede custodia compartida con sistema de casa nido, ya que los padres viven en distintas localidades.
La Audiencia Provincial estima el recurso y establece la alternancia semanal en distintos domicilios y localidades.
DE LA CUSTODIA COMPARTIDA Y LA CASA NIDO:
El Tribunal Supremo estima que la Sentencia del juzgado (CASA NIDO) debería haber sido confirmada si el hijo no hubiera cambiado de localidad en el colegio al que asiste.
CUSTODIA COMPARTIDA CON DOMICILIOS SEPARADOS A DISTANCIA RAZONABLE Y CENTRO ESCOLAR EQUIDISTANTE.-
Pero, como durante la tramitación, el hijo es escolarizado en el colegio a mitad de camino entre las localidades donde viven ambos progenitores, el Tribunal Supremo se inclina por la solución de la Audiencia Provincial, con el siguiente razonamiento:
- al ser equidistante el centro de ambos domicilios resulta igual de gravoso para el menor el traslado al colegio desde una u otra localidad.
- el régimen de custodia compartida supone beneficios para el menor, y también alguna dificultad en cuanto implica normalmente la necesidad de cambio de domicilio en períodos cortos de tiempo.
- la posibilidad de convivencia estable con ambos progenitores compensa esas dificultades.
- han de evitarse grandes desplazamientos hasta el lugar de escolarización.
En el presente caso la dificultad aparece superada y es factible que la residencia del hijo cambie por períodos semanales entre ambas localidades donde habitan sus progenitores. Y solo el expresado cambio justifica la revocación de la sentencia de primera instancia.
ABOGADO FAMILIA: Tribunal Supremo Sentencia 9-6-2017

