Novedades Legislativas
Alimentos Mayores de Edad
Congruencia: lo es que se temporalice si se pidió la extinción; temporalización para la extinción debidamente motivada
Se solicitaba la extinción de la pensión alimenticia o subsidiariamente su reducción, por lo que cuando el tribunal de apelación establece un límite temporal, está resolviendo respetando los márgenes del debate, pues si le solicitaba la extinción, podía resolver la reducción temporal, con lo que no superaba los límites cuantitativos de la cuestión litigiosa ni alteraba la naturaleza de lo debatido ( art. 218.1 LEC ). … ... se fija un límite temporal de un año para la continuidad en la percepción de alimentos, entendiendo que ese es un plazo razonable para adaptarse el hijo a su nueva situación económica habida cuenta que su nulo rendimiento académico le hace acreedor a la extinción próxima de la pensión, de acuerdo con el art. 152.5 del C. Civil.
ANTECEDENTES.- El padre solicita la extinción de la obligación alimenticia respecto a dos hijos, y subsidiariamente la reducción.
CONGRUENCIA: INFRACCIÓN PROCESAL: No concurre incongruencia ultra petita y extra petita (art. 218.1 LEC), porque la demanda se solicitaba la extinción de la pensión alimenticia o subsidiariamente su reducción, por lo que cuando el tribunal de apelación establece un límite temporal, está resolviendo respetando los márgenes del debate, pues si le solicitaba la extinción, podía resolver la reducción temporal, con lo que no superaba los límites cuantitativos de la cuestión litigiosa ni alteraba la naturaleza de lo debatido ( art. 218.1 LEC ).
TEMPORALIZACIÓN DE LOS ALIMENTOS.- Desestima la casación, porque fija un límite temporal de un año para la continuidad en la percepción de alimentos, entendiendo que ese es un plazo razonable para adaptarse el hijo a su nueva situación económica habida cuenta que su nulo rendimiento académico le hace acreedor a la extinción próxima de la pensión, de acuerdo con el art. 152.5 del C. Civil.
ABOGADO FAMILIA: Tribunal Supremo Sentencia 14-2-2019

