Novedades Legislativas: Derecho de Familia
OBLIGACIONES ALIMENTICIAS
ENTRA EN VIGOR EL SISTEMA DE COOPERACIÓN EUROPEA EN MATERIA DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS
Desde el pasado 18 de junio se aplica en todos los Estados miembros de la Unión Europea el Reglamento 4/2009, del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos, por el que se pretende agilizar y hacer efectivas las ejecuciones judiciales en materia de obligaciones alimenticias en situaciones en las que el obligado resida en un país distinto al del acreedor de éstas.
La norma prevé la rápida obtención, por parte del acreedor de alimentos, de una resolución ejecutiva en el Estado de residencia del deudor, evitando reducir, en la medida de lo posible, toda formalidad y favoreciendo la agilización de la tramitación en el Estado receptor de la solicitud.
El Reglamento contempla las obligaciones de alimentos en un sentido amplio, entendiendo por tales figuras como la manutención derivada de las relaciones familiares, de parentesco, matrimonio o afinidad, etc.
Por otra parte, se instaura un régimen de cooperación entre los Estados miembros para asistir a las partes en el efectivo ejercicio de sus correspondientes derechos en otro Estado miembro, mediante el mutuo reconocimiento de la ejecutividad de las resoluciones y el intercambio de información, incluso con la obtención de «ciertos datos de carácter personal».
Se estima que en la Unión Europea existen 16 millones de «parejas internacionales» y que, en el territorio comunitario, se producen un millón de divorcios anuales.
Abogado Familia Ricardo Emilio Cañizares Aguado
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