Novedades Legislativas
Régimen de Visitas
Cláusula penal con indemnización por incumplimiento parcial del régimen de visitas
La sentencia deniega la modificación de medidas. Sin embargo, considera que es válida y eficaz la estipulación contenida en el convenio consistente en una cláusula penal que prevé la indemnización pecuniaria a favor de la madre por cada día en que el padre no se lleve, estando en su turno, consigo a los hijos.
NOTA MIA.- Habrá quien interprete que con esa cláusula se legitima el precio del abandono o de la simple comodidad. Mi opinión es que no sería así si la cuantía incluye el concepto de "daños morales", o sea que su cuantía sea realmente disuasoria.
Audiencia Provincial Barcelona, Secc. 12ª, SAP 29-10-12, Ponente Agustín Vigo Morancho