Novedades Legislativas: Derecho de Familia
Compentencia internacional
Declinatoria por falta de compentencia internacional. Preclusión
Se tramita procedimiento de relaciones paternofiliales que se resuelve en rebeldía materna.
La madre, declarada en rebeldía, formula recurso de apelación y solicita la nulidad de actuaciones alegando que los hijos tienen residencia habitual en Suecia, y por lo tanto son los tribunales de aquél país los competentes para resolver el procedimiento.
PRECLUSION.-
La Sala rechaza el recurso en base a que las opciones de la demandada han decaído al no haber contestado a la demanda en su día, de modo que no se puede entrar a conocer de esta pretensión, debiendo haber denunciado en tiempo por declinatoria por falta de jurisdicción del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, que exige el art. 63.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al no personarse en tiempo y no formular contestación en forma, según prescribe el art. 64 de la misma Ley de Enjuiciamiento, siendo así que el art. 39 de la Ley dispone que el demandado podrá denunciar mediante declinatoria la falta de competencia internacional, de tal modo que no habiéndolo hecho en el momento procesal oportuno, no cabe su denuncia posterior, en virtud de la preclusión de los actos procesales que establece el art. 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
SAP Santa Cruz de Tenerife, Secc. 1ª, 21-3-2013, Ponente Modesto Valentín Adolfo Fernández
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